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Actualizado con fecha 01 de Abril de 2016

Subvenciones solicitadas

Aquí puedes ver las ayudas solicitadas por SERVISA HUELVA para la instalación de puntos de recarga de vehículos eléctricos.

REAL DECRETO 266/2021 Y AMPLIACIÓN VIGENCIA CON REAL DECRETO 821/2023

Con fecha 14 de abril de 2021 se publicó el Real Decreto 266/2021, de 13 de abril , por el que se aprueba la concesión directa de ayudas para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III)

La finalidad de este Real Decreto es contribuir al cumplimiento anticipado de los objetivos que se establezcan en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que se apruebe por las instituciones europeas competentes, así como a la «descarbonización» del sector transporte mediante el fomento de la electrificación de la movilidad, promoviendo la adquisición de vehículos eléctricos así como la infraestructura de recarga adecuada en todo el territorio nacional.

A fin de ampliar la vigencia del Programa, se aprobó el Real Decreto 821/2023, de 14 de noviembre, por el que se adapta al marco europeo de ayudas de estado el Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, y se amplía su vigencia.

AYUDAS REGULADAS

Las ayudas reguladas por este real decreto están financiadas por el Fondo de Recuperación Next Generation EU en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo que permitirán un cambio del modelo productivo para la recuperación de la economía tras la pandemia causada por la COVID-19, una transformación hacia la descarbonización y la creación de una estructura más resiliente e inclusiva, para el interés público, social y económico.

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

Serán actuaciones subvencionables las relacionadas a continuación:

  • a) Programa de incentivos 1 (Programa para el fomento de adquisición de vehículos eléctricos): Adquisición de vehículos eléctricos «enchufables» y de pila de combustible.

  • b) Programa de incentivos 2 (Programa de apoyo al despliegue de infraestructura de recarga): Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos.

CUANTÍA DE LAS AYUDAS

La cuantía de las ayudas para el programa de incentivos 2 era un 35% del coste subvencionable si el punto de recarga tiene potencia superior o igual a 50 kW y un 30% si tiene potencia inferior a 50 kW. Con la ampliación de la vigencia del Real Decreto ha sido disminuida la intensidad de las ayudas a un 20% del coste subvencionable.

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